Cada cierto tiempo, el Comité de Reglas de la Federación Española de Golf suele sacarnos de dudas por medio de alguno de sus jueces-árbitros adscritos a dicho Comité explicándonos aspectos del juego que en muchas ocasiones nos puede suceder y que en la mayoría de esos casos no sabemos o tenemos dudas de como resolverlos.
En la prueba del Circuito Nacional Femenino celebrada hace ya algún tiempo en el Club de Golf Vallromanes, varios espectadores preguntaron a los árbitros de la prueba que ¿cómo era posible que una jugadora hubiera dropado su bola en el green del hoyo 18 en lugar de colocarla?
La pregunta está motivada por el dicho “al green solo se entra con un golpe” y en parte tiene razón. Lo que desconoce el que la formula es que cuando se dropa una bola en green bajo las Reglas se está haciendo con un golpe de penalidad.
O sea, que al final se ha entrado con un golpe aunque sea dropando. La jugadora en cuestión había enviado su bola al obstáculo de agua lateral que rodea el green del hoyo 18 y, al aliviarse a una distancia de dos palos del punto por el que cruzó, se encontró que podía dropar su bola en el green.
Son varias las Reglas de Golf que permiten que ocurra está situación, pero las más frecuentemente aplicadas son:
. Regla 26.1 Alivio por Bola en un Obstáculo de Agua.
. Regla 28 Bola injugable
La opción c) de ambas Reglas dice bien claro que hay que dropar dentro de una distancia de dos palos y sin acercarse al hoyo.
Ninguna de estas Reglas prohíbe que este dropaje pueda hacerse en un bunker, en otro obstáculo de agua diferente del que nos estamos aliviando o en un green. Eso sí, siempre con el consabido golpe de penalidad por lo de “al green se entra solo con un golpe”.
Regla 26-1 Alivio por Bola en un Obstáculo de Agua
Regla 28 Bola Injugable
El caso de la Regla 28 Bola Injugable se ha visto aplicado en varias ocasiones en greenes rodeados de árboles que, además de estar situados de tal forma que pueden desviar maliciosamente las bolas, alguna que otra vez se apoderan de ellas sin dejarlas llegar a su ansiado objetivo.
El jugador, una vez identificada su bola, puede optar por cualquiera de las opciones que le permite la Regla 28 Bola Injugable. Si el punto directamente debajo del que se encuentra la bola suspendida en el árbol está en el green, el jugador puede dropar la bola en dicha superficie dentro de una distancia de dos palos sin acercarse al hoyo.
En cambio, la opción a) de ambas Reglas, Ejecutar el golpe siguiente desde donde se ejecutó el golpe anterior, no permite el dropaje en green ya que en este caso las Reglas establecen que cuando el golpe anterior se ejecutó desde el green, la bola se debe colocar.
La opción b) de ambas Reglas también permitiría dropar en green. Esta opción, que familiarmente se denomina “dropar hacia atrás”, permite al jugador poner en juego una bola, dropándola hacia atrás manteniendo el punto de referencia, donde estaba la bola o bien por donde cruzó el obstáculo de agua, en la línea desde donde dropamos hasta la bandera. En estos casos sí que es factible el dropaje en green, aunque resulte bastante improbable.
Otro elemento que favorece la confusión sobre este tema es el alivio sin penalidad por una obstrucción inamovible o por una condición anormal del terreno.
Aquí sí que está prohibidísimo dropar en green ya que hay que mantener la bola en la misma zona del campo en la que ha venido a reposar. Si estamos en la calle o en el rough, droparemos en la calle o en el rough. Si estamos en un bunker, droparemos en un bunker. Si estamos en un green, la colocaremos
¿Y si estamos en un obstáculo de agua? Seguro que ya sabéis la respuesta. No podemos aliviarnos sin penalidad y al hacerlo con penalidad podremos hacerlo en green si estaba la suficientemente cerca para ello.
Por Xavier Burjachs
Juez Árbitro Internacional